Caducidad del plan de facilidades de pago:
El plan de facilidades de pago caducará en forma automática cuando no se abonasen dos cuotas mensuales consecutivas o alternadas de dicho plan. Una vez producido el vencimiento de la segunda cuota impaga y no habiéndose verificado el pago de las cuotas vencidas y adeudas, consecutivas o no, hasta la fecha de vencimiento de la cuota inmediata próxima, el plan caducará y se considerará al afiliado como moroso, quedando habilitado la continuación de dicho proceso, en caso de corresponder a obligaciones previamente intimadas mediante la respectiva boleta de deuda. En aquellos casos en los que se haya cumplido el plazo del plan de facilidades de pago y se verificase la existencia de una cuota impaga, dicho plan de facilidades caducará en forma automática a los 30 días corridos desde la fecha de la última cuota, se hubiese cancelado esta o no.
Adhesión a débito automático:
Será condición indispensable para el otorgamiento de las facilidades de pago de aportes, la adhesión por parte del afiliado solicitante al sistema de cobro mediante “CBU (clave bancaria única)” o “Débito Automático en tarjeta de crédito”.