Resolución de Presidencia de la Caja de la Salud Mendoza Número 001

Compartí la noticia

RESOLUCIÓN PRESIDENCIA PRORROGA VENCIMIENTO.docx

CAJA DE PREVISION PARA PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

PERSONA JURIDICA DE DERECHO PÚBLICO NO ESTATAL, CREADA POR LEY PROVINCIAL 6.728 / D.R. 90/2004

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA No 001/2020 Mendoza, 01 de abril de 2020

Visto:

El Expte N° 0000001810/2020, caratulado “PRESIDENCIA S/SITUACION EXCEPCIONAL PANDEMIA COVID 19”: RESOLUCION DE PRESIDENCIA: y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del estado de excepción que vive la República Argentina como consecuencia de la pandemia de Covid 19 reconocida por la Organización Mundial de la Salud, corresponde a las autoridades de esta Caja de Previsión para los Profesionales de la Salud de Mendoza tomar medidas extraordinarias tendientes a asegurar el pago de los beneficios a nuestros jubilados y pensionados, y a la vez facilitar a los afiliados el pago de aportes, morigerando las consecuencias de la mora en la que pudieran incurrir;

Que el Gobierno Nacional, junto con los Gobiernos Provinciales, han establecido medidas de aislamiento social obligatorio en principio hasta el 31 de marzo, pero con altas probabilidades de que se extiendan más allá en el tiempo, sin que los nuestros afiliados tengan posibilidad de desarrollar a pleno su labor independiente;

Que como consecuencia de las medidas asumidas inevitablemente se está produciendo una caída en los ingresos por falta de trabajo a la ciudadanía en general y a los afiliados en particular, con el consiguiente agravamiento de la situación económica comentada, por las medidas que establece el DECNU 311/2020, de fecha 25-03-2020;

Que el art. 19 inc. 20 del Reglamento Interno de la Ley 6728 establece entre las facultades de esta Presidencia, resolver cualquier asunto que por su característica requiera la decisión sin dilaciones, por sí o con acuerdo de los miembros del Directorio que en la emergencia pueda consultar;

Que no siendo materialmente factible reunir al Directorio en forma presencial, se han mantenido reuniones a través de teleconferencias, obteniendo por esa vía de los señores Directores y Síndico, unánime consenso para implementar las siguientes medidas;

Por lo expuesto,

Dr. Félix Eduardo Nallim Presidente

CAJA DE PREVISION PARA PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

PERSONA JURIDICA DE DERECHO PÚBLICO NO ESTATAL, CREADA POR LEY PROVINCIAL 6.728 / D.R. 90/2004

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA No 001/2020 Mendoza, 01 de abril de 2020

PRESIDENCIA RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Los aportes previsionales con vencimientos en los meses de abril, mayo y junio de 2020, podrán ser abonados por los afiliados con posterioridad, sin que ello implique recargo de intereses por esos tres meses. Una vez concluidas las medidas de excepción establecidas por el Gobierno Nacional, se analizarán las formas y facilidades de pago a otorgar.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los planes de pago oportunamente otorgados a afiliados por falta de pago oportuno de aportes previsionales, con cuotas a vencer en los meses de abril, mayo y junio de 2020, podrán ser abonados con posterioridad, sin que ello implique recargo de intereses por esos tres meses. Una vez concluidas las medidas de excepción establecidas por el Gobierno Nacional, se analizarán las formas y facilidades de pago a otorgar.

ARTÍCULO TERCERO: Exhortar a quienes puedan seguir abonando sus periodos regularmente, lo sigan haciendo en las formas oportunamente informadas (medios de pago virtuales).

ARTÍCULO CUARTO: Establecer que, durante el periodo de tres meses indicado precedentemente, quedará suspendido el débito automático en cuenta bancaria y tarjeta crédito del concepto. Ello, sin perjuicio de que quienes deseen seguir pagando y hacerlo por esa vía, puedan requerir vía correo electrónico continuar en esa modalidad.

ARTÍCULO QUNTO: Encomiéndase a Gerencia General establecer las formas y modalidades para la mejor implementación de lo aquí resuelto, en consulta con Sindicatura, Asesoría letrada y esta Presidencia.

ARTÍCULO SEXTO: Someter la presente resolución a ratificación del Directorio en la primera reunión que se pueda realizar, regístrese y dese a difusión a través de los medios electrónicos a disposición.
Fdo.: Dr. Félix Eduardo Nallim

Presidente del Directorio

Compartí la noticia