Subsidios
Subsidios por nacimiento,
adopción y fallecimiento
En la Caja de Previsión para Profesionales de la Salud de Mendoza, por la condición de ser un afiliado, podés acceder a tres tipos de subsidios que no encontrarás en cualquier entidad que básicamente piensa en todo momento en tu futuro. Subsidios por nacimiento, subsidios por adopción y fallecimiento.
Subsidio por
Nacimiento
- DNI afiliado solicitante (ambas caras del documento-afiliado a la Caja).
- DNI del recién nacido (ambas caras del documento).
- Partida de Nacimiento.
- Constancia CBU (impreso por el Banco o constancia del Cajero automático) con firma y aclaración del titular.
- Constancia de Cuit/ Cuil del afiliado (ANSES).
- Estar al día en los aportes.
- Presentar el trámite dentro de los 365 días posteriores al nacimiento.
- En el caso de que ambos padres sean afiliados a esta Caja se otorgará el subsidio a cada uno de ellos.
- El monto del beneficio es el vigente al momento del nacimiento.
Importante: «Presentar fotocopias con originales, legibles y actualizadas».
$133.266,30 por cada nacimiento y por única vez, a partir del 01 de Diciembre de 2024.
Subsidio por
Adopción
- DNI afiliado solicitante (ambas caras del documento-afiliado a la Caja).
- DNI del menor (ambas caras del documento).
- Partida de Nacimiento.
- Sentencia de Adopción.
- Constancia CBU (impreso por el Banco o constancia del Cajero automático) con firma y aclaración del titular.
- Constancia de Cuit/ Cuil del afiliado (ANSES).
- Estar al día en los aportes.
- Presentar el trámite dentro de los 365 días posteriores a la sentencia de adopción.
- En el caso de que ambos padres sean afiliados a esta Caja se otorgará el subsidio a cada uno de ellos.
- El monto del beneficio es el vigente al momento de la adopción.
Importante: «Presentar fotocopias con originales, legibles y actualizadas»
$266.532,59 por cada adopción y por única vez, a partir del 01 de Diciembre 2024.
Subsidio por
Fallecimiento
- Acta de defunción.
- DNI derecho-habiente solicitante (ambas caras del documento).
- Certificado de defunción del causante.
- Publicación de Edictos en Boletín Oficial (Retirar o imprimir formularios).
- Constancia CBU (impreso por el Banco o constancia del Cajero automático) con firma y aclaración del titular.
- Constancia de Cuit/ Cuil del solicitante.
- Estar al día en los aportes.
- En caso de que el subsidio sea solicitado por los hijos, nietos, padres o hermanos del causante, por no existir cónyuge supérstite o conviviente vivo, deberá acompañarse copia de la partida de defunción correspondiente al cónyuge o conviviente y partida de nacimiento a fin de acreditar el vínculo.
- Firmar una declaración jurada, donde exprese que no existen otros beneficiarios con mejor derecho a percibir el subsidio.
- Presentar el trámite dentro de los 365 días posteriores al fallecimiento del afiliado.
Importante: «Presentar fotocopias con originales, legibles y actualizadas»
$ 399.798,89 a partir del 01 de Diciembre de 2024.