Nuestros Subsidios
Tu beneficio, nuestra prioridad. Conocé los subsidios disponibles y cómo acceder a ellos fácilmente
Desde la Caja entendemos que hay etapas que requieren apoyo y cercanía.
Por eso, ponemos a disposición subsidios que brindan alivio y acompañamiento, reafirmando nuestro compromiso con el bienestar de los profesionales de la salud.
Por Nacimiento
Pueden solicitarlo los afiliados al día con sus aportes dentro de los 365 días posteriores al nacimiento. Si ambos padres son afiliados, el beneficio se otorga a cada uno.
El monto vigente a partir del 1° de noviembre de 2025 es de $180.989,19 por cada nacimiento y por única vez.
Documentación Requerida
– DNI del afiliado solicitante (ambas caras).
– DNI del recién nacido (ambas caras).
– Partida de nacimiento.
– Constancia de CBU (impresa por el banco o desde cajero automático), con firma y aclaración del titular.
– Constancia de CUIT/CUIL del afiliado (ANSES).
– Estar al día en los aportes.
– Presentar el trámite dentro de los 365 días posteriores al nacimiento.
– El monto del beneficio es el vigente al momento del nacimiento.
📄 Importante: Presentar fotocopias con originales, legibles y actualizadas.
Por Adopción
Puede solicitarse dentro de los 365 días posteriores a la sentencia de adopción. Si ambos padres son afiliados, el beneficio se otorga a cada uno.
El monto vigente a partir del 1° de noviembre de 2025 es de $361.978,40 por cada adopción y por única vez.
Documentación Requerida
– DNI del afiliado solicitante (ambas caras).
– DNI del menor (ambas caras).
– Partida de nacimiento.
– Sentencia de adopción.
– Constancia de CBU (impresa por el banco o desde cajero automático), con firma y aclaración del titular.
– Constancia de CUIT/CUIL del afiliado (ANSES).
– Estar al día en los aportes.
– Presentar el trámite dentro de los 365 días posteriores a la sentencia de adopción.
– El monto del beneficio es el vigente al momento de la adopción.
📄 Importante: Presentar fotocopias con originales, legibles y actualizadas.
Por Fallecimiento
El beneficio puede solicitarse dentro de los 365 días posteriores al fallecimiento.
El monto vigente a partir del 1° de noviembre de 2025 es de $542.967,60, por única vez.
Documentación Requerida
– Acta de defunción.
– DNI derecho-habiente solicitante (ambas caras del documento).
– Certificado de defunción del causante.
– Publicación de Edictos en Boletín Oficial (Retirar o imprimir formularios).
– Constancia CBU (impreso por el Banco o constancia del Cajero automático) con firma y aclaración del titular.
– Constancia de Cuit/ Cuil del solicitante.
-Estar al día en los aportes.
-En caso de que el subsidio sea solicitado por los hijos, nietos, padres o hermanos del causante, por no existir cónyuge supérstite o conviviente vivo, deberá acompañarse copia de la partida de defunción correspondiente al cónyuge o conviviente y partida de nacimiento a fin de acreditar el vínculo.
– Firmar una declaración jurada, donde exprese que no existen otros beneficiarios con mejor derecho a percibir el subsidio.
– Presentar el trámite dentro de los 365 días posteriores al fallecimiento del afiliado.
📄 Importante: Presentar fotocopias con originales, legibles y actualizadas.
* Todos los subsidios se tramitan de manera presencial. Cada beneficio requiere la presentación de la documentación correspondiente según el tipo de solicitud.